⚖️🛑Ley de Disciplina Militar
Prescripción de las faltas
Articulo 85. Las acciones disciplinarias provenientes de las faltas tipificadas en la
presente Ley, prescriben a los noventa días continuos. El cómputo del término inicia
desde el cometimiento del hecho.
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⚖️🛑Ley de Disciplina Militar
Prescripción de la acción
Articulo 84. La oportunidad para iniciar el procedimiento disciplinario, prescribe a los
veinte días contados a partir que él o la superior con facultad Disciplinaria tenga
conocimiento del hecho tipificado como falta en la presente Ley. A tal efecto, el o la asuperior dejará constancia de la fecha en que tuvo conocimiento.
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