A partir del 1 de abril (de 2023) las(os) trabajadoras(es) no tendran que llevar a su empresa los partes de baja (médica, por enfermedad o accidente).
Pero el real decreto que lo establece ( https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-160 ) lleva lo que puede ser un caballo de troya: los plazos de revisión de las bajas (en función de su duración, que ya existian) pasan a ser plazos máximos, para «evitar eventuales dudas interpretativas».
En @eldiarioes : https://www.eldiario.es/economia/novedades-bajas-medicas-no-habra-entregar-parte-empresa-adelantar-revisiones_1_9844453.html
#Trabajo #Legislación #Laboral #ILT #Bajas #Enfermedad #España
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A partir del 1 de abril (de 2023) las(os) trabajadoras(es) no tendran que llevar a su empresa los partes de baja (médica, por enfermedad o accidente).
Pero el real decreto que lo establece ( https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-160 ) lleva lo que puede ser un caballo de troya: los plazos de revisión de las bajas (en función de su duración) que ya existian pasan a ser plazos máximos, para «evitar eventuales dudas interpretativas».
En @eldiarioes : https://www.eldiario.es/economia/novedades-bajas-medicas-no-habra-entregar-parte-empresa-adelantar-revisiones_1_9844453.html
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